Educación vial

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23/05/2023

Tuxtla Gutiérrez Chiapas a 22 de mayo de 2023. Participamos por parte de la facultad de Humanidades Alumnos de la carrera de Comunicación Social del 6.-D la primer campaña de educación vial que se llevo acabo afuera de las instalaciones de la universidad autónoma de Chiapas.

Esta campaña es con fin de concientizar a los automovilistas a reducir la velocidad y tener una alta precaución al manejar para los peatones que transcurren en las calles día con día.

22/05/2023
21/05/2023

Cómo funciona el tránsito vehicular en Chiapas.

ARTÍCULO 1.- Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de orden público e interés general para todos los ciudadanos que residan, habiten o transiten en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Teniendo este su cumplimiento el carácter de obligatorio y sancionador, para todas las personas que por cualquier motivo infrinjan el presente reglamento en todos los artículos que lo componen.

ARTÍCULO 2.- El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas a que deberá sujetarse el tránsito de personas y la circulación de vehículos en todas las vías públicas, áreas o zonas privadas, en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez.
Tratándose de zonas privadas se aplicara el presente reglamento a solicitud de las partes involucradas, previo consentimiento del propietario, administrador, gerente encargado o vigilante del lugar, en caso de que las partes no llegasen a un arreglo armonioso, esta autoridad dejara a salvo los derechos de las partes para que la hagan valer ante las instancias correspondientes.

ARTÍCULO 3.- Para los efectos de este reglamento se entiende por:
I. H. Ayuntamiento: el Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio
de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas;
II. Secretaría: La Secretaría de Tránsito y Vialidad Municipal;
III. Municipio: El Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas;
IV. Dirección: Dirección de Tránsito, Transporte y Vialidad Municipal;
V. Agente de Tránsito: Elemento integrante de la Secretaría de Tránsito y Vialidad Municipal, dependiente de la Dirección de Tránsito, Transporte y Vialidad Municipal, encargado de vigilar el cumplimiento y ejecución del presente Reglamento;
VI. Supervisor de Transporte: Es el Elemento de la Secretaría de Tránsito y Vialidad Municipal, dependiente de la Dirección de Transito, Transporte y Vialidad Municipal, encargado de vigilar el cumplimiento y ejecución del presente reglamento;
VII. Conductor: Toda persona que maneje o maniobre cualquier tipo de vehículo;
VIII. Infractor: Persona quien infrinja el presente Reglamento;
IX. Peatón: Toda persona que transita a pie por la vía pública;
X. Primer Cuadro de la Ciudad: comprende de la 9a Avenida Sur a la 9a Avenida Norte, entre la 11a Calle Poniente y 11a Calle Oriente;
XI. Propietario: Persona que acredite la propiedad de un vehículo, en cualquiera de sus modalidades;
XII. Reglamento: El presente reglamento;
XIII. Segundo Cuadro de la Ciudad: comprendido después de los límites del primer cuadro, hasta la circunscripción formada por el Libramiento Norte, Prolongación de la 5a Avenida Norte, Periférico Norte Poniente, Periférico Sur Poniente y Libramiento Sur;
XIV. Tránsito: Acción o efecto de trasladarse de un lugar a otro por la vía pública;
XV. Vialidad: Sistema de vías primarias, secundarias y Alternas que sirven para la transportación;
XVI. Vehículos: Todo medio de motor o cualquier otra forma de propulsión o tracción, en el cual se transporten personas o cosas;
XVII. Vía Pública: Calles, Avenidas distribuidores viales, libramientos, boulevares, pasajes, camellones, banquetas y en general todo terreno de dominio público y de uso común, que por disposición de la autoridad o por razón del servicio, estén destinados al tránsito de personas, vehículos de cualquier índole o cosas;
XVIII.Estado de Ebriedad: Trastorno Temporal de las capacidades físicas o mentales de la persona causado por una ingesta excesiva de bebidas alcohólicas que excedan de 0.80 o más grados de alcohol por litro de sangre, o su equivalente en algún otro sistema de medición;
XIX. Aliento Alcohólico: Trastorno Temporal de las capacidades físicas o mentales de la persona causado por una ingesta de bebidas alcohólicas que no excedan de 0.79 grados de alcohol por litro de sangre, determinados mediante el alcoholímetro o cualquier otro sistema de medición;
XX. Psicotrópico: Sustancia psicoactiva que produce efectos por lo general intensos, hasta el punto de causar cambios profundos de conducta;
XXI. Infracción: La conducta que lleva a cabo un conductor peatón o pasajero que trasgrede alguna disposición del reglamento y que tiene como consecuencia una sanción;
XXII. Pasajero: Persona que se encuentra abordo de un vehiculo del servicio público que no tiene el carácter de conductor;
XXIII.Ocupante de Vehículo: Persona que se encuentra a bordo de un vehículo particular y no tiene el carácter de conductor;
XXIV.Parte de Novedades: Documento con el cual el perito de hechos de transito informa lo ocurrido en un accidente de tránsito;
XXV. Perito: acreditado como experto en hechos de transito;
XXVI.Acta Convenio: Documento por medio del cual las partes involucradas en un hecho de tránsito llegan a un arreglo armonioso respecto a los daños materiales, y para celebrarlo es necesario que no se haya causado lesiones o muerte así como no encontrarse bajo los efectos de algún tipo de droga y bebida alcohólica, y haber garantizado la reparación de daños a terceros, bienes de la nación, del estado o municipio y que del mismo no se desprenda algún otro delito, y
XXVII. Los Términos no contenidos en el presente artículo se entenderán definidos los que señalen las Leyes, Reglamentos y Normas oficiales mexicanas.

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En Chiapas, se registran en promedio 10 accidentes de tránsito por día, siendo la falta de precaución, fallas mecánicas, exceso de velocidad y el consumo de sustancias nocivas las principales causas de incidencia.

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Nos vemos este lunes a las 10 am!!
La educación vial transmite las principales normas delreglamento de tránsito, que incluyen derechos y obligaciones para peatones y personas que viajan en vehículos privados o públicos. Se trata de armonizar las necesidades de todos para circular e inclusoregular el sonido de claxon para personas que están en sus hogares u hospitales, logrando la convivencia de todos.

Dirección

Unach
Tuxtla Gutiérrez

Teléfono

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